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Incumplimiento de Pensión de Alimentos en Perú: Consecuencias Legales Profundas y Cómo Actuar

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  • hace 3 días
  • 6 Min. de lectura


La pensión de alimentos en Perú no es simplemente un deber moral, sino una obligación legal de carácter irrenunciable e imprescriptible, cuyo objetivo primordial es garantizar el desarrollo integral, la subsistencia y el bienestar de los alimentistas, siendo la gran mayoría de ellos menores de edad.


El Código Civil peruano (ART. 474) y el Código de los Niños y Adolescentes (ART. 93) establecen que esta obligación recae principalmente sobre los padres, pero en ausencia o incapacidad de estos, puede extenderse a otros parientes directos. Cuando esta obligación, ya sea fijada por sentencia judicial, por acta de conciliación o por acuerdo privado, es incumplida, se activan una serie de mecanismos legales severos destinados a proteger el derecho fundamental a los alimentos.


Este artículo detalla, de manera exhaustiva, qué sucede en el sistema legal peruano cuando el progenitor o pariente obligado (el deudor alimentario) omite o retrasa el pago de la pensión, y cuáles son los pasos procesales que el beneficiario debe seguir para hacer valer su derecho.


I. La Obligación de Alimentos y su Marco Legal


Antes de abordar el incumplimiento, es vital comprender la naturaleza de la pensión. Los alimentos comprenden todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y asistencia médica. En el caso de los menores de edad, la educación es un componente fundamental que se extiende hasta que cumplan 28 años, siempre que sigan estudios superiores con éxito.


El monto de la pensión se fija en base a dos criterios esenciales:


  1. Necesidad del alimentista: Se evalúan los gastos reales y necesarios del menor o beneficiario.

  2. Capacidad económica del obligado: Se considera el nivel de ingresos, patrimonio y otros gastos del deudor.


Una vez que el juez emite la sentencia (o se aprueba la conciliación), el pago se convierte en una deuda líquida y exigible. El incumplimiento de esta deuda activa inmediatamente el proceso de ejecución.


II. Acciones Legales Inmediatas: La Ejecución de Sentencia


El incumplimiento no es un hecho que deba ser tolerado. El proceso de ejecución de sentencia es la vía legal para obligar al deudor a pagar.


1. Liquidación de las Pensiones Devengadas

El primer y más crucial paso es la solicitud de la liquidación de las pensiones devengadas. "Devengadas" se refiere a las pensiones que ya han vencido y no han sido pagadas.


El representante del menor debe solicitar al Juez de Paz Letrado o al Juez de Familia (dependiendo de dónde se tramitó la demanda original) que realice un cálculo exacto de la deuda. Esta liquidación incluye:


  • Las cuotas de pensión principal impagas.

  • Los intereses legales generados por cada cuota impaga.


Procedimiento de Liquidación:


Etapa

Responsable

Descripción

1

Demandante

Presentación de la solicitud de liquidación adjuntando el Estado de Cuenta Bancario en donde se deposita la pension de alimentos

2

Juzgado

Notifica al obligado sobre la propuesta de la liquidacion de pension de alimentos devengados presentado por la demandante, para que absuelva en el plazo de 3 dias habiles.

3

Juzgado

En base a la propuesta de las partes liquida la pension de alimentos devengados y cursa traslado a las partes para que la observen en el plazo de 3 dias habiles.

4

Juzgado

Aprueba la pension de alimentos devengados y cursa traslado al demandado/obligado para que realice el pago en el plazo de 3 dias habiles bajo apercibimiento de remitir copias al Ministerio Público

5

Obligado

Paga la liquidación notificada/ no paga la liquidacion.

6

Juzgado

Si el obligado no cumple con el pago remite los actuados al Ministerio Público para que en ejercicio de sus funciones denuncie al obligado por Omision a la Asistencia Alimentaria.


Si el obligado no paga la liquidación en el plazo de 3 días, esta queda firme y el juez puede proceder a las medidas de apremio.


2. Medidas Cautelares y de Apremio


Si la liquidación es aprobada o no es observada y el obligado no cumple con el pago, el juez puede ordenar inmediatamente medidas coercitivas sobre los bienes del deudor para garantizar el pago. Estas medidas buscan asegurar el cumplimiento de la obligación con el patrimonio del deudor.


  • Embargo de Cuentas Bancarias: Se ordena a la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) y a las entidades financieras el embargo de todas las cuentas de ahorro, corrientes o depósitos a nombre del deudor alimentario.

  • Embargo de Remuneraciones: Si el deudor tiene un trabajo formal (en planilla), el juez puede ordenar la retención de hasta el 60% de sus ingresos mensuales para cubrir tanto la deuda acumulada como las futuras pensiones. Esta retención se efectúa directamente en la fuente de trabajo (empleador).

  • Embargo de Bienes Muebles e Inmuebles: Se pueden embargar vehículos, maquinaria, acciones, o inscribir un embargo sobre inmuebles (casas, departamentos, terrenos) del deudor en los Registros Públicos (SUNARP). Estos bienes podrían ser rematados judicialmente para pagar la deuda.

  • Afectación de la Libertad de Tránsito: Aunque no es un embargo de bienes, el juez puede ordenar el impedimento de salida del país como medida cautelar.


III. Las Consecuencias Más Severas: REDAM y el Delito de Omisión


Si las medidas cautelares no surten efecto o el obligado evade sistemáticamente el pago, el sistema legal peruano contempla dos herramientas de presión mucho más poderosas que impactan directamente la vida civil, laboral y hasta penal del deudor.


1. Inscripción en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM)


El REDAM es un registro público administrado por el Poder Judicial y sirve como un listado de control para identificar a los deudores alimentarios que han incumplido gravemente su obligación.


¿Cuándo procede la inscripción en el REDAM?La inscripción es ordenada por el juez cuando el obligado adeude:


  • Tres (3) o más pensiones alimentarias devengadas, sean estas sucesivas (seguidas) o alternadas.


La inscripción en el REDAM conlleva una serie de restricciones que limitan significativamente la vida económica y pública del deudor:


Restricción en el REDAM

Impacto Directo

Restricciones Laborales

Imposibilidad de postular, ser nombrado o contratar con cualquier entidad del Estado Peruano (Gobierno Central, Regional, Local).

Restricciones Financieras

Las entidades bancarias, crediticias y la SBS toman en cuenta la inscripción para evaluar solicitudes de crédito, préstamos o tarjetas. Afecta directamente el historial crediticio.

Restricciones Administrativas

No se podrá obtener, renovar o revalidar licencias de conducir de cualquier categoría.

Restricciones Migratorias

Se puede ordenar el impedimento de salir del país.

Restricciones Notariales

Se exige el certificado negativo de REDAM para ciertos actos notariales (como la transferencia de bienes).


La inscripción solo puede ser levantada cuando el obligado demuestre ante el juzgado que ha cancelado la totalidad de la deuda alimentaria pendiente, más los intereses legales.


2. La Consecuencia Penal: Omisión de Asistencia Familiar (OAF)


Esta es la consecuencia más grave y la que acarrea la posibilidad de una pena privativa de la libertad efectiva.


La Omisión de Asistencia Familiar (OAF) es un delito tipificado en el Artículo 149 del Código Penal peruano. El proceso penal se activa luego de la fase de ejecución de sentencia civil, cuando el juez agotó las vías de apremio y el obligado persiste en el incumplimiento.


Pasos para la Denuncia Penal:


  1. Apercibimiento Judicial: Una vez aprobada la liquidación, el Juez de Familia ordena al obligado pagar el monto en 3 días, bajo expreso apercibimiento de remitir copias al Ministerio Público por el delito de OAF.

  2. Remisión de Copias: Si el pago no se realiza, el juez cumple el apercibimiento y remite copias certificadas del expediente al Fiscal Penal de turno.

  3. Investigación y Denuncia Fiscal: El Fiscal inicia la investigación. Si encuentra indicios de delito, formaliza la Denuncia Penal ante el Juez Penal.

  4. Proceso Penal: El Juez Penal lleva a cabo el proceso.


Penalidad por OAF:La pena por el delito de Omisión de Asistencia Familiar es una pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres años.


En la práctica judicial, la primera condena por OAF suele ser suspendida (libertad condicional), a condición de que el deudor pague la totalidad de la deuda civil y continúe pagando la pensión. Sin embargo, si el deudor reincide en el incumplimiento (Comisión de Asistencia Familiar Agravada), la pena sí puede ser de cárcel efectiva, es decir, el ingreso al establecimiento penitenciario.


Además de la cárcel, el Juez Penal impone una reparación civil, que es un monto adicional que el deudor debe pagar a favor del menor por el daño causado.


IV. La Importancia de Actuar Rápidamente


Enfrentar el incumplimiento de una pensión de alimentos requiere una acción legal rápida y oportuna. La ley peruana está diseñada para actuar con celeridad en estos casos, dada la naturaleza urgente del derecho a los alimentos.


Recomendaciones para el Beneficiario:


  • Mantener la documentación en orden: Mantenga habilitada la cuenta bancaria de ahorros en donde se deposita la pension de alimentos, use la cuenta solo para los depositos de alimentos, conserve copia de la sentencia o acta de conciliación original.

  • No esperar la acumulación excesiva: Si el obligado deja de pagar, inicie el proceso de liquidación y ejecución de sentencia tan pronto como se acumulen las tres primeras cuotas.

  • Asesoría Legal Especializada: La complejidad del proceso de ejecución de sentencia y, sobre todo, la fase penal (OAF), requieren la intervención de un abogado con experiencia en derecho de familia y penal.


Para iniciar estos procedimientos, es indispensable contar con el apoyo legal adecuado. La defensa técnica es vital para garantizar que todos los pasos (liquidación, apercibimiento, medidas cautelares y denuncia penal) se realicen conforme a ley y en los plazos establecidos, asegurando así el bienestar del alimentista.


Para recibir asesoría especializada sobre el procedimiento de ejecución de sentencia y la denuncia por Omisión de Asistencia Familiar, puede contactar a nuestro equipo legal.


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