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Clausulas abusivas en los contratos de servicios o productos establecidas por el proveedor


El Codigo de Protección y Defensa del Consumidor establece que las clausulas abusivas en los contratos de servicios o productos establecidas por el proveedor son de ineficacia absoluta y relativa según sea el caso.

Artículo 50.- Clausulas abusivas de ineficacia absoluta

a.- Las que excluyen o limiten la responsabilidad del proveedor o sus dependiente por dolo o culpa o las que trasladen la responsabilidad del proveedor al consumidor por los hechos u omisiones del proveedor.

b.- Las que faculten al proveedor a suspender o resolver unilateralmente un contrato, salvo disposición legal distinta o la aplicación de normas prudenciales debidamente sustentadas emitidas por la autoridad correspondiente.

c.- Las que faculten al proveedor resolver uncontrato sin comunicación previa o a poner fin a un contrato de duración indeterminada sin un plazo de antelación razonable, salvo disposición legal distitnta o aplicación de normas prudenciales debidamente sustentadas emitidas por la autoridad correspondiente.

d.- Las que establezcan a favor del proveedor la facultad unilateral de prorrogar o renovar el contrato.

e.- Las que excluyan o limiten los derechos legales reconocidos a los consumidores como el derecho de efectuar pagos anticipados o prepagos o a poner la excepción del cumplimiento o a ejercer el derecho de retención, consignación, entre otros.

f.- Las que establezcan respecto del consumidor lomitaciones a la facultad de oponer excepciones procesales, limitaciones a la presentación de pruebas, inversión a la carga de la prueba, entre otros derechos concernientes al debido proceso.

g.- Las que establezcan la renuncia del consumidor a formular denuncia por infraccion a las normas del presente Código.

h.- Las que sean contrarias o violatorias a normas de orden público o de caracter imperativo.

Artículo 51 Clausulas abusivas de ineficacia relativa.

a.- Las que impongan obstáculos onerosos o desproporcionados para el ejercicio de los derechos reconocidos al consumidor en los contratos.

b.- Las que permitan al proveedor modificar unilateralmente las condiciones y terminos de un contrato de duración continuada, en perjuicio del consumidor, salvo que obedezca a motivos expresados en el y el consumidor goce del derecho a desvincularse del mismo sin penalización alguna. Lo dispuesto en el presente literal no afecta las clausulas de adaptación de los recios a un indice de ajuste legal ni la fijación de tarifas de los servicios públicos sujetos a regulación economica.

c.- Las que establezcan la prórroga automática del contrato fijando un plazo excesivamente breve para que el consumidor manifieste su voluntad de no prorrogarlo.

d.- Las que establezcan cargas económicas o procedimientos engorrosos para efectuar quejas ante el proveedor, así como las que establezcan procedimientos engorrosos para proceder a la reparación del producto no idóneo o supongan cualquier acto previo o accion por parte del consumidor que imposibilite la debida protección de sus derechos.

e.- Las que permitan al proveedor delegar la ejecución de su prestación a un tercero cuando aquel fue elegido por sus cualidades personales.

f.- Las que establezcan que el proveedor puede cambiar unilateralmente en perjuicio del consumidor el tipo de moneda con la que fue celebrado el contrato.

Artículo 52.- Inaplicación de clausulas abusivas

a.- Las clausulas abusivas ineficases a que se refiere el presente Código son inaplicadas por la autoridad administrativa.

b.- El ejercicio de esta facultad por la autoridad administrativa se hace efectivo sin perjuicio de las decisiones que sobre el particular pueden ser adoptadas en el ambito jurisdiccional o arbitral según fuese el caso.

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